La factura para importaciones o exportaciones tiene diferente connotación en la Ley Aduanera y las Reglas de Carácter General en materia de comercio exterior:
Documento equivalente: es el documento de carácter fiscal emitido en el extranjero, que ampara el precio pagado o por pagar de las mercancías introducidas al territorio nacional o el valor de las mismas, según corresponda (es decir, la factura del proveedor en las importaciones).
CFDI. Comprobante Fiscal Digital por Internet, en el caso de las exportaciones definitivas, aunque,las Reglas permiten que, en importaciones, la factura pueda ser un CFDI expedido por proveedores nacionales.
En cuanto al Comprobante Fiscal Digital que se emplea en exportaciones definitivas, sus requisitos ya se encuentran sustentados en el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación, por lo que aquí nos circunscribiremos al análisis de la factura de importación o, más correctamente, el documento equivalente.
El documento equivalente se utiliza para el despacho aduanero de importacion, y debe contener ciertos requisitos que no siempre son corroborados con detenimiento:
III. La descripción comercial detallada de las mercancías y la especificación de ellas en cuanto a clase, cantidad de unidades, números de identificación, cuando éstos existan, así como los valores unitario y total. No se considerará descripción comercial detallada, cuando la misma venga en clave.
VII. Valor comercial de las mercancías.
Si bien ya son escasas las situaciones en que el documento equivalente se anexa al pedimento de importación, siendo sustituido por la transmisión electrónica de la Información relativa al valor y comercialización (anteriormente COVE), no se debe perder de vista que, conforme a la legislación aduanera, una copia del documento equivalente debe ser conservada en contabilidad y podrá ser susceptible de análisis y sancíon por parte de las autoridades aduaneras en una auditoría.
La falta de algunos de los datos anteriormente descritos se considera como falta de factura, y la multa mínima por cada documento equivalente erróneo es de $3,730.00 pesos.
Adicionalmente, sería de gran ayuda que el documento equivalente contuvira la marca, modelo y No. de serie de la mercancía si tales datos existieran, así como el TAX (extranjero), el INCOTERM, y el origen de la mercancía, ya que esos datos se capturan en el pedimento de importación.
IMPORTANTE en ninguno de los casos, puede aparecer la indicación de FACTURA PROFORMA, a la hora de emitir este documento para realizar un despacho ante Aduana.
Los errores más comunes que hemos detectado en los documentos equivalentes de los proveedores extranjeros obedecen a la descripción de las mercancías en forma errónea, pues no se admiten descripciones en clave (tales como Nos. de catálogo). Gracias por tu atención, cierro con esta frase:
“Un negocio es simplemente una idea para mejorar la vida de otros”.
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